La sociedad Acra Inmuebles SL actualmente y sin perjuicio de otras actividades que ahora o en el futuro pudiera acometer por sí o a través de empresas filiales o participadas, se dedica a la explotación comercial de espacios en general, y especialmente de trasteros y mini-almacenes. Son sus clientes finales los particulares y empresas con necesidades de espacio. La utilización de los servicios o la contratación de productos o servicios que Acra Inmuebles SL presta a sus clientes supone la aceptación de las siguientes condiciones generales.
1.- Aceptación y disponibilidad de las Condiciones Generales de Contratación Mediante la aceptación del presente contrato, usted declara:
– Que es una persona mayor de edad (o con representación suficiente para el caso de personas jurídicas) y con capacidad para contratar y obligarse;
– que ha leído y acepta las presentes condiciones generales en su totalidad. Estas CONDICIONES regulan la relación jurídica que emana de los procesos de contratación realizados entre los usuarios-CLIENTES (en adelante el CLIENTE) y Acra Inmuebles SL. Los CLIENTES aceptan las Condiciones Generales desde el instante que utilicen o contraten el servicio o adquieran cualquier producto de Acra Inmuebles .
Este documento puede ser impreso y almacenado por los CLIENTES.
Acra Inmuebles pone a disposición de estos, el número de teléfono 680767676 para que puedan plantear cualquier duda acerca de las Condiciones Generales.
2.- Normas aplicables
Las presentes Condiciones Generales, están sujetas a lo dispuesto a la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de Contratación, al Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias., a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, la Ley 7/1996, de 15 de enero de Ordenación del Comercio Minorista, a la Ley 44/2006, de 29 de diciembre, para la mejora de la protección de los Consumidores y Usuarios, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y al Código de Comercio y Código Civil.
Queda entendido que las presentes Condiciones Generales tienen naturaleza mercantil, derivándose por tanto una relación “sui generis”, atípica e innominada, de prestación de servicios, sin que en ningún caso el presente contrato pueda ser considerado depósito o cualquier otra figura con la que se puedan encontrar analogías.
3.- Objeto del contrato
Constituye objeto del presente contrato la puesta a disposición a favor del CLIENTE de un espacio físicamente delimitado denominado módulo, trastero o box por un tiempo determinado, a cambio de un precio prestablecido y en las restantes condiciones fijadas en el presente contrato.
A) USO
El CLIENTE, por el presente contrato, y siempre que se cumplan las condiciones económicas pactadas, dispone de un espacio, cuyas características se especificarán en las Condiciones Particulares, de entre que se ofertan, cuyo destino principal es el almacén de bienes muebles diversos, siempre que no estén expresamente prohibidos en las presentes Condiciones Generales.
El CLIENTE dispondrá de las llaves específicas (bien sean físicas o electrónicas a través de códigos individualizados) del módulo contratado, siendo por tanto responsabilidad de éste el uso y custodia de estas.
Corresponde al CLIENTE la manipulación, el almacenamiento y depósito de los bienes que desee alojar en el módulo contratado, por lo que Acra Inmuebles queda exonerada de cualquier tipo de responsabilidad, derivada de la inserción y desalojo de los bienes muebles y de cualquier daño al patrimonio que pudiera causarse, tanto al de Acra Inmuebles como al de terceros, salvo que hubiera existido dolo, culpa o negligencia de Acra Inmuebles .
El CLIENTE responde de la titularidad de los bienes que almacena, por lo que Acra Inmuebles no tendrá ningún tipo de responsabilidad al respecto.
El CLIENTE responderá de los gastos de reparación y limpieza del módulo y zonas comunes de libre acceso de Acra Inmuebles , en el caso de causar daños o dejar desperdicios.
Acra Inmuebles se reserva el derecho de cambiar de ubicación el módulo contratado por el Cliente, por existir razones justificadas y urgentes.
El traslado de los bienes se llevará a cabo por el propio CLIENTE, salvo que, por urgente necesidad y justa causa, a Acra Inmuebles no le sea posible comunicar esta circunstancia al CLIENTE con el suficiente preaviso, en cuyo caso quedará facultada para hacerlo directamente.
B) ACCESO
El CLIENTE tendrá acceso al módulo contratado en el horario establecido por Acra Inmuebles .
El CLIENTE dispondrá de libre circulación por las zonas comunes y de libre acceso que Acra Inmuebles determine.
El CLIENTE podrá acceder al módulo contratado: 1) por sí mismo; 2) por persona expresamente autorizada por éste (debiendo comunicar a Acra Inmuebles por escrito (admitiéndose cualquier medio, incluido telemáticos), al menos, con un preaviso de UN día natural, el nombre completo y DNI del autorizado); 3) con aquellas personas que físicamente acompañen al CLIENTE (auxiliares).
Acra Inmuebles se reserva el derecho de requerir la identificación del CLIENTE o personas por éste autorizadas.
Acra Inmuebles sólo podrá acceder a los módulos en caso de urgente necesidad, sin contar con el consentimiento del CLIENTE.
El CLIENTE deberá devolver, en el mismo estado en que lo recibió, cualquier material facilitado por Acra Inmuebles para las operaciones de carga y descarga, inmediatamente después de que acaben estas, no pudiendo almacenarlo en ningún caso dentro del módulo. En caso de que el CLIENTE incumpla esta obligación Acra Inmuebles podrá cargarle una penalización igual al importe del precio del material facilitado (incluido IVA).
C) DESALOJO
Al término de la relación contractual, el CLIENTE deberá dejar el módulo contratado libre, vacuo, expedito y a disposición de Acra Inmuebles.
Los bienes deberán ser retirados por el CLIENTE de forma que no causen daños ni al módulo ni a las zonas comunes del Centro. En caso de que los bienes no sean retirados del módulo contratado por el CLIENTE en tiempo y forma, Acra Inmuebles se reserva el derecho de acceder al mismo.
Adicionalmente, el CLIENTE autoriza a Acra Inmuebles para que este:
(i) Proceda a la venta de los bienes a terceros, de manera directa o mediante la contratación de una empresa especializada. Los ingresos obtenidos por dicha venta se destinarán, en primer término, a cubrir los gastos incurridos por parte de Acra Inmuebles en la recogida y limpieza del trastero y en la venta de los bienes; posteriormente, a cubrir las deudas pendientes del CLIENTE frente a Acra Inmuebles en virtud del presente contrato; y, finalmente, si hubiera saldo restante, este será puesto a disposición del CLIENTE, sin que el mismo genere intereses.
(ii) Proceda a la entrega de los bienes a cualquier organización o entidad de interés social sin ánimo de lucro (por ej. ONG’s) que Acra Inmuebles determine para que les dé el destino que ésa tenga por conveniente. Si ofrecidos los bienes al menos a dos (2) entidades de las características reseñadas en el punto (ii), no fueran aceptados por ninguna de ellas o, en el caso de optar por la venta de los bienes en virtud del punto (i), Acra Inmuebles no lograse venderlos, el CLIENTE autoriza a Acra Inmuebles para que proceda a darles el destino que tenga por conveniente, incluida su destrucción o traslado a un vertedero, por cuenta y cargo del CLIENTE, quien renuncia a reclamar que se le acredite el destino dado a los bienes.
En cualesquiera de los supuestos anteriores, Acra Inmuebles podrá repercutir al CLIENTE el importe del coste de recogida, limpieza y venta, destrucción o traslado de los bienes, que será como mínimo de trescientos euros (300€), pudiéndose incrementar este coste en función del volumen y elementos abandonados por parte del CLIENTE.
El plazo para el desalojo del box será de QUINCE [15] días naturales contados a partir de la fecha de notificación de la resolución del contrato o, subsidiariamente, hasta el último día fijado para el total desalojo del módulo. Todo ello sin perjuicio de lo establecido en la Condición Séptima, en cuanto al desalojo en relación con la resolución del presente contrato por incumplimiento.
D) PROHIBICIONES ABSOLUTAS PARA EL CLIENTE
1. Almacenamiento:
– Bienes de comercio prohibidos por las Leyes y Reglamentos (géneros estancados, bienes robados o provenientes de cualquier acto ilícito contra la propiedad privada);
– Productos químicos, gases, explosivos, tóxicos, inflamables; (barnices, disolventes, resinas, aguarrás, alcohol, petróleo, butano, propano, etc)
– Animales, ya sean vivos o muertos;
– Cualquier producto perecedero y semi perecedero con excepción de productos enlatados y no perecederos.
– Cualquier tipo de residuos (materias animales, basuras, escombros).
– Cerillas, mecheros, fuegos artificiales, aerosoles.
– Productos peligrosos para el medioambiente, como pesticidas, herbicidas, metales pesados etc.
2. Otros usos: Queda totalmente prohibida la utilización del módulo, ya sea de forma permanente, ocasional o puntual, entre otros:
– Como vivienda o residencia,
– Como domicilio social o fiscal,
– Como domicilio a efectos de notificaciones.
A este respecto Acra Inmuebles rehusará la recepción de cualquier comunicación o correspondencia.
3. Cesión del Contrato a terceros.
4. Asimismo, se prohíbe expresamente al Cliente el acceso a cualesquiera centros de Acra Inmuebles con gorras, sombreros, pasamontañas u otros elementos que impidan su identificación, lo que podrá conllevar la resolución automática del contrato por parte de Acra Inmuebles .
E) PROHIBICIONES RELATIVAS PARA EL CLIENTE
Queda prohibido almacenar en el módulo bienes de alto valor, tales como joyas, dinero, piedras preciosas, títulos-valores, acciones u obligaciones, objetos de arte cotizados en el mercado artístico, objetos de valor incalculable u otros de análoga consideración, entre otros.
En todo caso, el CLIENTE exonera a Acra Inmuebles y la compañía aseguradora de cualquier responsabilidad derivada de cualquier incidente, siniestro o controversia que pudiera surgir por razón del almacenamiento de este tipo de bienes y renuncia por tanto a cualquier reclamación derivada de los mismos siendo a su riesgo el depósito de los citados bienes, salvo que hubiera existido dolo, culpa o negligencia de Acra Inmuebles.
4. Fianza. – Acra Inmuebles podrá solicitar al Cliente, antes de la toma de posesión del Trastero, el abono, en concepto de fianza o depósito en garantía, del importe indicado en las Condiciones Particulares del presente contrato a los efectos de responder de los daños y perjuicios que pudiera causar en el Trastero, sus elementos arquitectónicos, servicios, instalaciones, y/o en las cerraduras o elementos de cierre, o en las instalaciones del Centro así como a otros Clientes o a sus pertenencias. En todo caso, el depósito tiene como finalidad garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones asumidas por el Cliente.
Finalizado el Contrato, el importe de la fianza se devolverá al Cliente, en el caso de que haya sido abonada de forma previa, después de haber verificado el estado de su Trastero, siempre que no queden responsabilidades de las que el Cliente deba responder. En caso de que quedasen responsabilidades pendientes, su importe de detraerá del importe de la fianza. Del remanente a favor del Cliente se podrá retraer, además, en el momento de la devolución, un importe fijo de Gastos de Gestión de Administración si así figura en las Condiciones Particulares del Contrato.
5.- Duración del contrato
El contrato tendrá una duración inicial de uno, tres, seis o doce meses, coincidiendo con la periodicidad de pago elegida por el CLIENTE. En caso de que el cliente decida desistir del contrato antes de la finalización de la duración inicial, no procederá la devolución de los importes abonados previamente, independientemente del tiempo transcurrido.
El contrato se prorrogará tácitamente por períodos sucesivos iguales al período inicial, salvo acuerdo contrario entre las partes.
No obstante, cualquiera de las partes puede evitar la prórroga del contrato siempre que lo comunique expresamente y por escrito a la otra con una antelación a la finalización del periodo inicial o de la prórroga en curso de, al menos, QUINCE (15) días naturales.
La prórroga tácita no procederá en caso de que el CLIENTE no se encuentre al corriente de pago de las cuotas o de cualquier otra obligación, sea dineraria o no, contraída con Acra Inmuebles.
El CLIENTE entiende y expresamente acepta que la falta de preaviso de su voluntad de no prorrogar el Contrato, en tiempo y forma, supone la prórroga automática por un nuevo periodo igual, con los efectos que le son inherentes, especialmente el pago del precio correspondiente.
6.- Precio, facturación y forma de pago
El precio del servicio se determinará en las Condiciones Particulares, en función del tipo, tamaño, ubicación y características del módulo solicitado y será pagadero por anticipado el primer día del periodo de duración inicial y de cada una de sus prórrogas.
Acra Inmuebles emitirá, con cargo al CLIENTE, una factura al inicio del periodo inicial y cada una de sus prórrogas, que incluirá el precio del servicio determinado en las Condiciones Particulares. El importe resultante queda sujeto al IVA o impuesto equivalente que lo sustituya.
Queda entendido por el CLIENTE que, en todo caso, de conformidad con el plazo mínimo de duración establecido en el párrafo primero de la Condición Quinta, el período mínimo de facturación será siempre de TREINTA (30) días naturales.
El pago de cada factura se realizará mediante tarjeta de crédito que designe el CLIENTE. Si existiese retraso en el pago de CINCO (5) días naturales o más, se aplicará un recargo de 10 € en concepto de gastos de gestión por reclamación de pago. Si el CLIENTE no regulariza el pago dentro de los SIETE (7) días naturales siguientes al requerimiento de pago de Acra Inmuebles, el contrato quedará automáticamente resuelto, debiendo desalojar totalmente el módulo en un plazo máximo de SIETE (7) días naturales contados a partir de la fecha de recepción del requerimiento, sin perjuicio de las acciones que Acra Inmuebles pueda ejercitar frente al CLIENTE por la cantidad debida. En caso de falta de desalojo, se estará a lo dispuesto en la Condición Séptima. En todo caso Acra Inmuebles bloqueará los códigos personales (PIN) de acceso al centro, así como el acceso al box del CLIENTE.
La cuota podrá ser objeto de revisión por parte de ACRA INMUEBLES una vez transcurridos seis (6) meses desde la formalización del contrato, con el fin de adecuarla a las mejoras introducidas en el inmueble, a las condiciones del mercado y/o a las variaciones en el coste efectivo de los servicios prestados. No obstante, en los contratos de doce meses de duraciónl con periodicidad de pago anual, la cuota no podrá ser modificada hasta la finalización del plazo inicial.
Para que esta surta efectos, Acra Inmuebles remitirá al CLIENTE con una antelación mínima de veinticinco (25) días naturales una comunicación por escrito, mediante correo postal al domicilio de notificaciones señalado por el Cliente o, por correo electrónico, por la que se le comuniquen los nuevos precios y la fecha a partir de la cual tomarán vigencia.
Si el Cliente no está de acuerdo con los nuevos precios, deberá manifestarlo así a Acra Inmuebles antes de la fecha de su entrada en vigor, en cuyo caso la misma comunicación servirá de manifestación de voluntad de no prorrogar el contrato y, en todo caso, respetando los preavisos mínimos establecidos en la siguiente cláusula 7.
En caso de que el CLIENTE no manifieste su desacuerdo se considerará a todos los efectos que ha aceptado la revisión de su cuota y presta su consentimiento a la modificación del precio del contrato.
El CLIENTE y Acra Inmuebles acuerdan que la extinción del contrato por expiración del plazo convenido no dará lugar a ningún tipo de indemnización para ninguna de las partes, salvo la liquidación de cuentas que proceda realizar.
En caso de incumplimiento por parte del CLIENTE de cualquiera de las obligaciones dinerarias derivadas del servicio prestado por Acra Inmuebles, los datos del CLIENTE podrán ser comunicados e incorporados a un fichero de incumplimiento de obligaciones dinerarias gestionado por la Asociación Española de Self Storage. Adicionalmente, Acra Inmuebles podrá comprobar y enjuiciar la solvencia económica del CLIENTE solicitando a los organismos que corresponda y/o a la Asociación Española de Self Storage información relativa a los antecedentes crediticios y posiciones de riesgo del CLIENTE.
6.1- Autorización de cobro con tarjeta
Si la forma de pago empleada es a través de una tarjeta bancaria, el Cliente AUTORIZA a Acra Inmuebles a gestionar mediante cobro con tarjeta todos los pagos correspondientes al contrato prestación de servicios suscrito, todo ello según el Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera. Le informamos que Acra Inmuebles utiliza un proceso de cobro a través de un sistema informático seguro que encripta su número de tarjeta de crédito.
Acra Inmuebles no conservará, ni podrá acceder a sus datos bancarios, únicamente se limitará a gestionar la orden de cobro por tarjeta, ante la entidad bancaria.
7.- Resolución del contrato
(A) POR TÉRMINO DEL CONTRATO / RESOLUCIÓN ANTICIPADA:
Las partes podrán desistir del presente contrato anticipadamente, siempre que lo comuniquen expresamente y por escrito a la otra parte con una antelación a la finalización del periodo inicial o de la prórroga en curso de, al menos, QUINCE (15) días en contratos de duración igual o inferior a tres meses o de TREINTA (30) días en contratos superiores.
Llegado el término del contrato, el CLIENTE deberá proceder al total desalojo del módulo contratado.
En todo caso, si el día fijado por el CLIENTE no se produce el total y efectivo desalojo del box, el preaviso efectuado dejará de tener efecto teniéndose por no efectuado, con los efectos que le son inherentes.
El CLIENTE deberá abonar una penalización por falta de preaviso o preaviso defectuoso. Dicha penalización consistirá en el pago de cada uno de los días no preavisados.
La extinción del contrato por expiración del plazo convenido o por resolución anticipada no dará lugar a ningún tipo de indemnización para ninguna de las partes, sin perjuicio del resarcimiento por daños y perjuicios que sí proceda para el caso de resolución del contrato por incumplimiento, en los términos expresados en el apartado siguiente.
(B) POR INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO DEL PRECIO:
En relación con lo dispuesto en la Condición Sexta, para el caso de impago, o retraso, sin que el CLIENTE regularice tal situación en plazo máximo de SIETE días naturales siguientes al requerimiento de pago de Acra Inmuebles, el contrato quedará automáticamente resuelto, debiendo desalojar totalmente el módulo en un plazo máximo de SIETE (7) días naturales contados a partir de la fecha de recepción del requerimiento, sin perjuicio de las acciones que Acra Inmuebles pueda ejercitar frente al CLIENTE por la cantidad debida, que podrá verse incrementada por las penalizaciones por impago convenidas en las Condiciones Particulares suscritas por el Cliente.
En todo caso, Acra Inmuebles se reserva el derecho de bloquear los accesos al Centro y al trastero tras el primer impago.
Una vez resuelto el contrato, cualquiera que sea el motivo, el CLIENTE deberá desalojar por completo el módulo contratado en un plazo máximo de SIETE (7) días naturales contados a partir de la fecha de recepción del requerimiento de pago o de comunicación de resolución del contrato.
8. Seguro de responsabilidad civil
Acra Inmuebles cuenta con un seguro de responsabilidad civil frente a posibles daños causados en el inmueble y que puedan repercutir en los módulos, siempre y cuando tales daños provengan de incendio, inundaciones o factores externos, no prominentes de la introducción de materiales prohibidos en el interior del centro.
9.- Privacidad y Protección de Datos Personales
A) De conformidad con la normativa vigente de Protección de Datos de Carácter Personal RGPD (UE) 2016/679, de 27 de abril de 2016, Acra Inmuebles informa al CLIENTE que los datos personales facilitados para la celebración de este contrato serán incorporados, previa obtención de su consentimiento expreso, a un fichero de su propiedad con el objetivo de mantener la relación comercial existente y hacerle llegar información comercial acerca de los servicios relacionados con el de puesta a disposición de trasteros y guardamuebles ofrecidos por Acra Inmuebles.
Acra Inmuebles garantiza la confidencialidad de la información a la que pueda tener acceso con motivo del presente contrato, obligación que hará extensiva a sus empleados y colaboradores. Esta obligación de confidencialidad seguirá vigente incluso después de la finalización de la prestación de servicios.
El CLIENTE podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición al tratamiento de sus datos personales, o cualquier otro que le asista según la citada normativa, de conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre protección de datos personales, dirigiéndose por escrito, adjuntando fotocopia de su DNI, al correo electrónico info@trasterosavila.com
B) En cumplimiento de lo establecido en el artículo 22 de la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), Acra Inmuebles comunica a los titulares del Contrato su intención de enviarles comunicaciones comerciales por correo electrónico o por cualquier otro medio de comunicación electrónica equivalente.
Le informamos de la posibilidad de revocar dicho consentimiento dirigiendo una comunicación escrita adjuntando fotocopia de su DNI, al correo electrónico info@trasterosavila.com
10.- Notificaciones
Todas las notificaciones, requerimientos, peticiones y otras comunicaciones que hayan de efectuarse por las partes en relación con las presentes Condiciones Generales, deberán realizarse por escrito.
Ambas partes queda obligadas a comunicar por escrito y de forma expresa cualquier modificación o cambio que se produzcan en los datos facilitados en las Condiciones Particulares, en un plazo máximo de SIETE (7) días naturales, contados a partir del momento en que se produzca el referido cambio, y en especial, cualquier cambio de domicilio, teléfonos o datos bancarios.
11.- Nulidad e ineficacia de las Cláusulas
Si cualquier cláusula incluida en estas Condiciones Generales fuese declarada, total o parcialmente, nula o ineficaz, tal nulidad o ineficacia afectará tan sólo a dicha disposición o a la parte de la misma que resulte nula o ineficaz, subsistiendo las Condiciones Generales en todo lo demás, teniéndose tal disposición, o la parte de la misma que resultase afectada, por no puesta.
12.- Propiedad industrial e intelectual
Todos los derechos de propiedad intelectual e industrial (contenido de la página web y su diseño gráfico, logos y marcas registradas) son propiedad exclusiva de Acra Inmuebles, y es a quien le corresponde el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de los mismos. Así, queda prohibida su reproducción, distribución, comunicación pública y modificación, total o parcial, sin previa autorización expresa de Acra Inmuebles. De igual forma, todos los signos distintivos, marcas, nombres comerciales o signos de cualquier clase contenidos en la página web, documentos, publicidad y cualesquiera otros en los que figure Acra Inmuebles están protegidos por las leyes reguladoras de la propiedad industrial e intelectual.
13.- Jurisdicción competente
Salvo que exista fuero obligatorio o necesario, las cuestiones que se susciten con motivo de este Contrato entre el CLIENTE y Acra Inmuebles se someterán a la competencia de los Tribunales y Juzgados correspondientes al lugar en que se produzca la prestación de servicios.